Análisis

¿Cuándo tendremos nuevos Magistrados de Corte Suprema de Justicia y Corte de Apelaciones?

A finales del 2019 la Corte de Constitucionalidad (CC) delimitó una hoja de ruta para que el proceso de comisiones de postulación continuara. Sin embargo parecía haberse estancado de nuevo a principios de enero al no tener las notas de las evaluaciones a jueces en firme.

Puedes encontrar los detalles del proceso en El ABC de las comisiones de postulación.

Si bien las comisiones han tenido menos cobertura y su actuar no ha sido tan mediático como el año pasado, es precisamente porque su trabajo ha sido menos intenso. En diciembre la atención estuvo especialmente sobre las entrevistas del Consejo de la Carrera Judicial (CCJ).

Ahora, en el 2020, la pregunta del millón es, ¿Cuándo tendremos Magistrados de Corte Suprema de Justicia y Cortes de Apelaciones?

El plazo de las evaluaciones del Consejo de la Carrera Judicial

Sabemos cuál fue el procedimiento que especificó la CC en los expedientes 6528 – 2019. Sin embargo, algunos plazos se han acortado en la práctica. Por ejemplo, el CCJ debía llevar a cabo las evaluaciones de jueces en 30 días máximo, no obstante, les tomó alrededor de 15 días. Comenzaron las entrevistas para evaluar a los jueces interesados en ser parte del proceso de selección de las comisiones el 11 de diciembre y terminaron el 26. 

Las evaluaciones concluyeron rápidamente y el 30 de diciembre el Consejo de la Carrera Judicial dijo haber notificado al 100% de los aspirantes. Esto daría inicio al período de impugnaciones. Para presentar una impugnación los evaluados tienen 8 días hábiles y el CCJ para resolver y notificar otros 15 días. Por lo tanto, si el 30 de diciembre fueron notificados los últimos evaluados, el plazo para que el CCJ resuelva impugnaciones y recursos de revisión vence el 8 de febrero. 

Esto es diferente a lo planteado por la CC, ya que, si las entrevistas hubieran demorado el plazo máximo establecido por la CC, las entrevistas debían ser del 11 de diciembre al 11 de enero. El 12 de enero hubiera sido el último día para notificar a los evaluados y dar inicio al período de recepción de impugnaciones del 13 al 22 de enero. Posteriormente resolver esas impugnaciones hasta el 12 de febrero. Así las comisiones de postulación tendrían en sus manos la nómina de los evaluados y poder trabajar por 20 días, del 14 de febrero al 4 de marzo. 

Sin embargo, el CCJ envió a las comisiones de postulación la nómina con las calificaciones de los jueces evaluados el 4 de enero. En la reunión del 6 de enero, en la comisión de postulación de Corte de Apelaciones se percataron que las evaluaciones que recibieron eran preliminares y estaban sujetas aún a recursos de impugnación por parte de los evaluados. Varios jueces, en efecto, en su derecho presentaron recurso de revisión de la calificación obtenida; por lo tanto, las calificaciones que las comisiones recibieron no estaban en firme todavía. 

¿Si la lista de calificaciones de jueces no era la definitiva, por qué la envió así el CCJ? 

Ante esto, ambas comisiones decidieron solicitar una debida ejecutoria del fallo de la CC. Pues no sabían si debían comenzar los 20 días de trabajo una vez recibidas esas evaluaciones o hacerlo hasta que estuvieran en firmes las calificaciones. Mientras tanto la comisión de postulación de CSJ comenzó la revisión de los 235 expedientes que recibió entre el 3 y 6 de enero. 

El pasado lunes 20 de enero, el Juzgado 14 Civil declaró sin lugar a la debida ejecución de la sentencia del 2 de diciembre de la CC. Además indicó que tanto el CCJ como las comisiones de postulación han cumplido con lo ordenado por la CC. También que se deben respetar los tiempos de impugnaciones. Por ello, el CCJ debe enviar a las comisiones de postulación las evaluaciones de jueces el 9 de febrero. Después de ello ya comienzan los 20 días de trabajo que tienen las comisiones para formar las nóminas que enviarán al congreso. 

 ¿Sin plazo constitucional que cumplir no hay premura?

Debimos tener nuevos Magistrados de Corte Suprema de Justicia y Corte de Apelaciones en octubre del 2019. Ahora que se violó ese plazo constitucional y se alargó el proceso de selección de magistrados tampoco hay una fecha límite para que esta legislatura nombre a nuevos magistrados. Una legislatura, que por cierto, no era la encargada de elegir a los magistrados. Por lo tanto ahora las fechas límites o plazos no tienen tanta importancia y relevancia como el año pasado. Ya no existe presión para enviar las nóminas al congreso a la brevedad. Así como tampoco una fecha límite en la cual el Congreso deba elegir a los próximos magistrados.

Por otro lado, una desventaja está en que la conclusión del trabajo de estas comisiones de postulación se traslapa con el comienzo de la comisión de postulación para elegir a magistrados del Tribunal Supremo Electoral. Hay miembros de estas comisiones que también deberán poner su atención en una tercera comisión a la vez. 

Este atropellado proceso de elección de Magistrados de Corte Suprema de Justicia y Corte de Apelaciones está por llegar a su fin. Lo que es cierto es que, como consecuencia, los próximos magistrados no estarán 5 años completos en su magistratura desde su nombramiento hasta octubre 2024.