Posiciones

TSE Judges: We need your approach.

El seis de marzo del este año tuviéramos nuestro primer acercamiento con las autoridades del Registro de Ciudadanos del Tribunal Supremo Electoral al preocuparnos la forma en que empezaban a tratar a los candidatos tránsfugas. Dos meses después, y a poco de que llegue el día de las elecciones, las dependencias del TSE han comprobado que no existe un criterio uniforme para la aplicación del artículo 205 ter de la Ley Electoral y de Partidos Políticos (que prohíbe la participación de candidatos a diputados que fueron electos por una organización política distinta a la que los postula).

¿Porque volvimos a solicitar información al tse?

Esta no es la primera vez que hacemos una solicitud para acceder al razonamiento que esgrimen nuestras autoridades para permitir la participación de candidatos tránsfugas. Hemos intentado por todas las vías posibles: hemos utilizado los canales que dispone la ley de acceso a la información pública, indagado al Director del Registro de Ciudadanos, y solicitado a través de procesos judiciales que se hagan públicas las resoluciones que avalan la participación de estas personas. En todas estos intentos hemos recibido respuestas elusivas que en el mejor de los casos denotan una seria falta de voluntad de las autoridades de ejercer sus facultades en el mejor interés de la ciudadanía. No hay motivo alguno por el cual no hacer pública esta información.

Por lo que esta vez hicimos un llamado para que la autoridad más cercana y con mayor capacidad para acceder a la información la pusiera disposición del público: el Pleno de Magistrados del Tribunal Supremo electoral. Con la esperanza de que al enterarse que hemos acudido a todas las demás instancias, aprecien la seriedad del requerimiento y puedan aportar al proceso de escrutinio popular tan necesario para el buen funcionamiento de las instituciones en una democracia.

¿Qué impacto tiene esto para nuestra república?

Es preocupante que encontremos resistencia ante intentos por acceder a la información de los procesos y los razonamientos que en cada etapa se argumentan sobre la aplicación de este artículo. Esta es información que por mandato de ley debe ser libremente proporcionada al público. Del retardo en los procesos y la negativa de las solicitudes vemos un retroceso en el fortalecimiento de nuestras instituciones.

¿Cual es el problema de fondo?

La regulación electoral vigente intentó solventar problemas claros de nuestro sistema político. La prohibición al transfuguismo buscaba fortalecer la institución del partido y así mejorar la representatividad. Pero en lugar de eso ha terminado por ser un requisito más que ahoga el trabajo de las unidades del Tribunal Supremo Electoral e introduce un incentivo más para dinámicas de captura del regulador. Esto debe ser una lección para los futuros intentos de reforma que intentes abordar estos problemas legítimos de nuestra democracia.

¿Qué acciones se vienen a partir de esta solicitud?

Estamos a la espera de la respuesta de la máxima autoridad en materia electoral, de la cual dependerá el rumbo que tomemos para la defensa de la aplicación igualitaria de la ley, la seguridad jurídica y el estado de derecho. Seguimos adelante con los procesos iniciados, pero quedan muchos diputados más cuya situación debe ser esclarecida; por lo que incluso si esta solicitud es rechazada, seguiremos en la misma línea.